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Accidentes de tráfico con lesiones

Si ha resultado lesionado en un accidente de circulación, tiene derecho a ser indemnizado por la totalidad de los perjuicios sufridos.

Contacte, si es posible, en las primeras 72 horas. Así podrá acreditarse en debida forma el nexo causal entre sus lesiones y el accidente.

Quién abona la indemnización

La aseguradora del vehículo causante del accidente. Si este carecía de seguro o el conductor se dio a la fuga, responde el Consorcio de Compensación de Seguros.

Casos que atiendo

  • Colisiones por alcance, en rotondas y en intersecciones.
  • Accidentes de motocicleta.
  • Atropellos de peatones.
  • Ciclistas y usuarios de patinete.
  • Ocupantes y pasajeros, también de autobús o taxi, aunque la culpa fuera del conductor del vehículo en el que viajaban.
  • Accidentes de tráfico al ir o volver del trabajo (in itinere) o durante la jornada laboral.

Conceptos indemnizables

  • Días de perjuicio personal por las lesiones temporales.
  • Secuelas permanentes, funcionales y estéticas.
  • Intervenciones quirúrgicas.
  • Gastos médicos, de rehabilitación, desplazamientos y otros gastos.
  • Ingresos dejados de percibir (lucro cesante).
  • Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.
  • En los casos más graves: ayuda de tercera persona, adecuación de vivienda o vehículo y perjuicio de los familiares.

Asistencia sanitaria sin coste

Le ofreceremos la posibilidad de acudir a centros médicos en los que no tendrá que abonar cantidad alguna ni por la atención de especialistas, ni por la rehabilitación, ni por las pruebas diagnósticas que precise: usted cede al centro el derecho a cobrar esos gastos y el centro los reclama directamente a la aseguradora.

¿No se sabe quién tuvo la culpa?

Cuando no puede determinarse quién tuvo la culpa de una colisión entre vehículos, el Tribunal Supremo admite que se reclamen los daños personales al 100 % (STS 1182/2025, de 21 de julio) y los daños materiales al 50 % (STS 294/2019, de 27 de mayo, de Pleno). Más información →

Plazo para reclamar

El plazo es de un año desde la estabilización lesional. No obstante, como esa fecha suele ser objeto de discusión, es preferible acudir al abogado e interrumpir la prescripción de la acción antes de que transcurra un año desde el accidente.

Recomendaciones tras un accidente

  • Acuda a urgencias aunque las molestias parezcan leves.
  • Conserve el parte amistoso o el número de atestado.
  • Tome fotografías y guarde todos los informes y facturas.
  • No firme ningún documento de aceptación sin asesoramiento previo.

¿Fue usted el responsable? Es posible que pueda reclamar a su propia aseguradora. Más información →
¿Hubo alcoholemia o puede tratarse de un delito? Vía penal →

Estudio de viabilidad gratuito

Responda a cuatro preguntas. Valoraré personalmente su caso y le indicaré si es viable reclamar.

¿Qué tipo de accidente?
¿Cuándo ocurrió?
¿Qué daños sufrió?
¿Quién tuvo la culpa?

¿Ha sufrido un accidente de tráfico?

Contacte, si es posible, antes de que transcurran 72 horas: así podrá acreditarse debidamente la relación entre sus lesiones y el accidente. El estudio de viabilidad es gratuito.