Accidentes de tráfico con lesiones
Si ha resultado lesionado en un accidente de circulación, tiene derecho a ser indemnizado por la totalidad de los perjuicios sufridos.
Quién abona la indemnización
La aseguradora del vehículo causante del accidente. Si este carecía de seguro o el conductor se dio a la fuga, responde el Consorcio de Compensación de Seguros.
Casos que atiendo
- Colisiones por alcance, en rotondas y en intersecciones.
- Accidentes de motocicleta.
- Atropellos de peatones.
- Ciclistas y usuarios de patinete.
- Ocupantes y pasajeros, también de autobús o taxi, aunque la culpa fuera del conductor del vehículo en el que viajaban.
- Accidentes de tráfico al ir o volver del trabajo (in itinere) o durante la jornada laboral.
Conceptos indemnizables
- Días de perjuicio personal por las lesiones temporales.
- Secuelas permanentes, funcionales y estéticas.
- Intervenciones quirúrgicas.
- Gastos médicos, de rehabilitación, desplazamientos y otros gastos.
- Ingresos dejados de percibir (lucro cesante).
- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida.
- En los casos más graves: ayuda de tercera persona, adecuación de vivienda o vehículo y perjuicio de los familiares.
Asistencia sanitaria sin coste
Le ofreceremos la posibilidad de acudir a centros médicos en los que no tendrá que abonar cantidad alguna ni por la atención de especialistas, ni por la rehabilitación, ni por las pruebas diagnósticas que precise: usted cede al centro el derecho a cobrar esos gastos y el centro los reclama directamente a la aseguradora.
¿No se sabe quién tuvo la culpa?
Cuando no puede determinarse quién tuvo la culpa de una colisión entre vehículos, el Tribunal Supremo admite que se reclamen los daños personales al 100 % (STS 1182/2025, de 21 de julio) y los daños materiales al 50 % (STS 294/2019, de 27 de mayo, de Pleno). Más información →
Plazo para reclamar
El plazo es de un año desde la estabilización lesional. No obstante, como esa fecha suele ser objeto de discusión, es preferible acudir al abogado e interrumpir la prescripción de la acción antes de que transcurra un año desde el accidente.
Recomendaciones tras un accidente
- Acuda a urgencias aunque las molestias parezcan leves.
- Conserve el parte amistoso o el número de atestado.
- Tome fotografías y guarde todos los informes y facturas.
- No firme ningún documento de aceptación sin asesoramiento previo.
¿Fue usted el responsable? Es posible que pueda reclamar a su propia aseguradora. Más información →
¿Hubo alcoholemia o puede tratarse de un delito? Vía penal →
¿Ha sufrido un accidente de tráfico?
Contacte, si es posible, antes de que transcurran 72 horas: así podrá acreditarse debidamente la relación entre sus lesiones y el accidente. El estudio de viabilidad es gratuito.